Lunes a Viernes 8:30 a 18hs. Abogado Laboral Capital Federal y Provincia de Buenos Aires
Estudio Viedma - Tucumán 881 Piso 5º, Primer Cuerpo. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Author: admin

DERECHOS LABORALES EN LA CONSTITUCION NACIONAL

El art. 14 bis de la constitución esdtablece una serie de derechos de los trabajadores, entre los que se incluyen condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y […]
Leer más..

PRESUNCION DE LA EXISTENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO

Dice el art. 23 de la LCT.: El hecho de la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que por las circunstancias, las relaciones o causas que lo motiven se demostrase lo contrario. Esa presunción operará igualmente aún cuando se utilicen figuras no laborales, para caracterizar al contrato, y […]
Leer más..

LOS DERECHOS LABORALES SON IRRENUNCIABLES

El Principio de Irrenunciabilidad significa que el trabajador no puede disponer de sus derechos contemplados en el ordenamiento laboral. La renuncia a los derechos reconocidos por el ordenamiento laboral, en virtud del principio referido sería inválida. Esto significa que: si acepto una rebaja salarial luego la podré impugnar; si ante un despido mi liquidaciòn es […]
Leer más..

PROHIBICION DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES

Por decreto 329/2020 Se han prohibido los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA contados a partir del 31 de marzo de 2020. También se han prohibido las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de […]
Leer más..

LA REBAJA DE SALARIOS ES INCONSTITUCIONAL

L0S RECORTES salariales que estan pactando las patronales con algunos sindicatos con el visto bueno del Ministerio de Trabajo SON INCONSTITUCIONALES. El principio de irrenunciabilidad (artículo 12 LCT.) considerando la incidencia de la dependencia laboral sobre los trabajadores, priva de efectos a toda convención que importe una disponibilidad en perjuicio del dependiente o la renuncia […]
Leer más..

PROTECCION DE LA MATERNIDAD

Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; […]
Leer más..

DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

LICENCIAS ESPECIALES PREVISTAS EN LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO a) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos. b) Por matrimonio, diez (10) días corridos. c) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de […]
Leer más..