Maternidad Estado de Excedencia
¿No le otorgan la licencia que le corresponde?
Protección de la Maternidad
Se prohíbe el trabajo de la mujer embarazada durante los 45 días anteriores y 45 posteriores al parto. Es importante la comunicación fehaciente del embarazo así como del parto. Durante la gestación existe derecho a la estabilidad en el empleo. En caso de despido dispuesto dentro del plazo de siete y medio meses anteriores o posteriores al parto se presume que obedece a razones de maternidad dando lugar al pago de indemnización agravada.
Estado de Excedencia
Luego del nacimiento la mujer trabajadora puede optar por: a) continuar trabajando como lo venía haciendo; b) rescindir su contrato de trabajo percibiendo una compensación por tiempo de servicio; c) quedar en situación de excedencia por período no inferior a tres meses ni superior a seis meses, lo que deberá comunicar dentro de las 48 horas anteriores al vencimiento de la licencia por maternidad. En los casos b) y c) se requiere un año de antigüedad en el empleo.
Protección de la Maternidad
Se prohíbe el trabajo de la mujer embarazada durante los 45 días anteriores y 45 posteriores al parto. Es importante la comunicación fehaciente del embarazo así como del parto. Durante la gestación existe derecho a la estabilidad en el empleo. En caso de despido dispuesto dentro del plazo de siete y medio meses anteriores o posteriores al parto se presume que obedece a razones de maternidad dando lugar al pago de indemnización agravada.
Estado de Excedencia
Luego del nacimiento la mujer trabajadora puede optar por: a) continuar trabajando como lo venía haciendo; b) rescindir su contrato de trabajo percibiendo una compensación por tiempo de servicio; c) quedar en situación de excedencia por período no inferior a tres meses ni superior a seis meses, lo que deberá comunicar dentro de las 48 horas anteriores al vencimiento de la licencia por maternidad. En los casos b) y c) se requiere un año de antigüedad en el empleo.
José Luis Viedma
Abogado TitularApoyo, confianza y ética profesional
Estudio de Abogacía especializado en Derecho Civil y Laboral.
Área del estudio en Derecho Comercial y Cobranzas Judiciales y extra Judiciales.