La ley 27.802 resulta abiertamente regresiva en materia de derechos laborales, en tanto implica un claro retroceso respecto del estándar de tutela consagrado por el principio protectorio del art. 14 bis de la Constitución Nacional y los tratados internacionales con jerarquía constitucional. Bajo el pretexto de la “modernización”, introduce mecanismos que debilitan la posición del trabajador frente al empleador, flexibilizan garantías históricamente consolidadas y afectan el acceso efectivo a una reparación integral. Esta orientación contraría el principio de progresividad y no regresión reconocido por la jurisprudencia de la Corte Suprema y por instrumentos internacionales como los convenios de la OIT, al reducir el nivel de protección previamente alcanzado sin acreditar una justificación suficiente ni proporcional. En definitiva, lejos de equilibrar las relaciones laborales, la norma profundiza la desigualdad estructural entre las partes y compromete la vigencia efectiva de derechos fundamentales.

