Lunes a Viernes 8:30 a 18hs. Abogados Laborales - Capital Federal y Provincia de Buenos Aires
Estudio Viedma - Tucumán 881 Piso 5º, Primer Cuerpo. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿CUÁNTOS DIAS DE LICENCIA POR EXAMEN ME PUEDO TOMAR?

La Ley de Contrato de Trabajo en el art. 158, inc. e, establece que podrás hacer uso de esta licencia para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.

Para gozar de esta licencia los exámenes deberán estar referidos a los planes de enseñanza oficiales o autorizados por organismo provincial o nacional competente. Deberás acreditar haber rendido el examen mediante la presentación del certificado expedido por el instituto en el cual cursas los estudios.

Esta licencia es paga, y el salario se calculará como si fueran vacaciones. El CCT de para Empleados de Comercio establece podrás tomarte hasta 10 días al año para los estudiantes secundarios. En el caso de estudiantes universitarios podrán hacer uso de 20 días de licencia anual pudiendo solicitar hasta 4 días por examen. Cuando en el año te excedes de 5 exámenes sin repetirlos podrás tomarte 4 días más de licencia con goce de remuneraciones. Tanto secundario como universitario, a tu solicitud podrás acumular la licencia al período ordinario de vacaciones anuales.