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Ley 27.802: declaran inconstitucional el pago en cuotas de una sentencia laboral

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario declaró la inconstitucionalidad del art. 56 de la Ley 27.802, que incorporó al art. 277 de la LCT la posibilidad de que determinadas empresas cancelen las condenas laborales en cuotas.

En el caso, la empleadora pretendía pagar la sentencia en doce cuotas mensuales invocando su condición de PyME. Sin embargo, la trabajadora se opuso al fraccionamiento y la propia empresa había reconocido contar con capacidad económica para afrontar el pago total.

El tribunal sostuvo que el régimen legal beneficia al empleador incumplidor al permitirle diferir el pago de una deuda ya reconocida judicialmente, trasladando al trabajador las consecuencias del atraso. Asimismo, destacó que la actualización de las cuotas no compensa la privación del cobro inmediato e íntegro del crédito laboral.

Con fundamento en los principios de protección del trabajador, igualdad ante la ley, derecho de propiedad y razonabilidad, la Cámara confirmó la orden de pago total de la liquidación dentro del plazo fijado y declaró inaplicable la norma para el caso concreto.

Caso: Aguirre, Nanci Santa c/ PFP S.A. s/ Sentencia – Cobro de Pesos (Rubros Laborales), Cámara de Apelaciones en lo Laboral, Sala I, Rosario, 25/09/2026.