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Se reconoce indemnización por daño moral ante situaciones de violencia laboral

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó una sentencia que condenó a una empresa a indemnizar a una trabajadora por el daño moral sufrido como consecuencia de un ambiente laboral hostil y degradante.

Durante el juicio se acreditó, mediante declaraciones testimoniales, que una supervisora ejercía un trato habitual basado en gritos, insultos, humillaciones y descalificaciones hacia los empleados, conductas que se desarrollaban incluso en presencia de terceros. Si bien el tribunal consideró que los hechos no configuraban un caso de acoso laboral (mobbing), entendió que la conducta de la superior jerárquica lesionó la dignidad personal de la trabajadora y le ocasionó un perjuicio moral independiente de las consecuencias derivadas del despido.

En consecuencia, la Cámara ratificó la procedencia de una reparación adicional por daño moral, con fundamento en las disposiciones del Código Civil y Comercial que protegen la integridad y dignidad de las personas frente a conductas ilícitas.

Autos: “F., G. A. c/ Assistencial Salud S.A. s/ Despido” – CNAT, Sala II, 29/05/2026.  RC J 4027/26