Lunes a Viernes 8:30 a 18hs. Abogado Laboral Capital Federal y Provincia de Buenos Aires
Estudio Viedma - Tucumán 881 Piso 5º, Primer Cuerpo. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SANIDAD – RAMA EMERGENCIAS MEDICAS – LICENCIAS ESPECIALES

Los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva de trabajo gozarán de las siguientes licencias especiales:

· Por nacimiento de hijo o adopción, 3 días.

· Por matrimonio, 15 días.

· Por fallecimiento del cónyuge o conviviente, hijos o padres, 7 días.

· Por fallecimiento de hermano, abuelos, nietos, tíos, yernos, suegros y cuñados, 2 días.

· Por siniestro de vivienda, (inundación, granizo, huracán, etc.) con certificación policial, 5 días.

· Por casamiento de hijos, 2 días.

· Por mudanza, 2 días.

· Por concurrencia a juzgado, autoridad administrativa, policial o Comisión Paritaria de Interpretación, con citación previa, el tiempo que demande la diligencia.

Estas licencias serán otorgadas y abonadas mediante la acreditación de los certificados pertinentes.

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