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PROFESORES DE EDUCACIÓN FISICA DE INSTITUCIONES CIVILES ¿empleo en negro?

Recurrentemente nos toda atender a profesores de educación física de distintas instituciones civiles y advertimos que se repite el empleo en negro bajo la registración -en algunos casos-, como monotributistas.

Los Profesores de Educación Física se encuentran comprendidos en el CCT. 736/16 que en su art. 16 establece entre otras categorías la de “Profesionales, profesores, instructores y auxiliares” y dice “Grupo I: Jefe médico; Grupo II: profesionales con titulo universitario, profesores de educación física, guardavidas y/o bañeros. A título enunciativo se refiere que quedan incluidos los médicos, odontólogos, farmacéuticos, psicólogos, asistentes sociales, kinesiólogos y aquellos que detentes título universitario. Grupo III: profesores de extensión cultural, docentes y demás profesionales con título terciario. Grupo IV: Instructores, entrenadores deportivos, practicantes, auxiliar médico, enfermeras y acompañantes terapéuticos. El CCT 736/16 fue suscripto entre UTEDYC y FEDEAC y se aplica a todo el país. No debe haber Profesores de Educ. Física que presten servicios para terceros ni monotributistas ni en negro.