
El preaviso es el anticipamiento del cese de la relación laboral. El preaviso es obligatorio y en caso de no ser dado deberá pagarse una indemnización. Debe darse con la siguiente anticipación: a- por el trabajador, de 15 días; b- por el empleador, de 15 días cuando el trabajador se encuentre en periodo de prueba; de 1 mes cuando el trabajador tenga una antigüedad que no supere los cinco años; y de 60 días cuando la antigüedad sea superior a los cinco años. Si se omite el preaviso o se lo otorga por un periodo inferior al referido, se deberá abonar a la otra parte una indemnización sustitutiva equivalente a la remuneración que correspondería al trabajador durante el plazo de preaviso. El preaviso debe ser notificado por escrito.