Se han fijado los siguientes aumentos salariales remunerativos:
a- Un 12% para septiembre y octubre de 2021.
b- Un 18% remunerativo no acumulativo para el periodo comprendido entre los meses de enero y febrero 2022 inclusive. Vale decir que para el periodo indicado en este inciso el incremento será de un 30% con respecto a abril 2021.
c- Un 5% remunerativo no acumulativo para el periodo comprendido entre los meses de marzo y abril 2022 inclusive. Vale decir que para el periodo indicado en este inciso el incremento será de un 35% con respecto a abril 2021.
d- También se establece para todos los trabajadores comprendidos en la CCT Nro. 207/75, el pago de una suma en carácter de Gratificación Extraordinaria no remunerativa, de $ 88.500.-, la que se liquidará conforme al siguiente cronograma de pago: a) Siempre con la segunda quincena o haber mensual según corresponda en los siguientes meses y proporciones: mayo 21 $8.000; junio 21 $ 8.000; Julio 21 $8.000; Agosto 21 $16.600; Septiembre 21 $8.650; Octubre 21 $8.650; Noviembre 21 $12.000; Diciembre 21: $12.000; Enero 22 $ 3.300; Febrero 22 $ 3.300.-

