Cuando se extingue la relación laboral tu empleador debe entregar ante tu requerimiento constancia documentada del ingreso de aportes de seguridad social; una constancia sobre los sueldos percibidos y un certificado que contenga indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, su naturaleza, fecha de ingreso y egreso, cargo o categoría desempeñadas y antecedentes disciplinarios.
La falta de entrega de los certificados -luego de ser solicitados- genera a tu favor una indemnización equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año de trabajo o tiempo de prestación de servicios si este es menor a un año.