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DESINFORMACIÓN SOBRE EL FALLO DE LA CORTE SOBRE MONOTRIBUTISTAS

He visto escrito en muchos medios gráficos “Para la Corte, un monotributista que presta servicios no es un trabajador”. La información es errónea, mentirosa y sirve para confundir a la gente. El fallo de la Corte Suprema “Rica, Carlos Martín c/ Hospital Alemán y otros s/ despido”, dictado el 24/04/18, no establece lo informado por los medios. En primer término lo decidido en ese fallo se aplica exclusiva y únicamente en ese proceso particular. El dictamen de la Procuración General de la Nación (fechado 11/09/2015), se refiere únicamente a la inaplicabilidad al caso en concreto de las disposiciones de la ley 24.013 por considerar que la relación se había extinguido cuando al actor Rica intima la regularización de la relación de trabajo; la ley 24.013 establece que la intimación a regularizar la relación debe efectuarse estando vigente la relación. Por el resto del planteo la Procuración opina que debe desestimarse el recurso federal por tratarse de una cuestión de hecho y prueba. Los Jueces de la Corte Maqueda y Rosatti votan en disidencia considerando que el recurso es inadmisible. Los argumentos de los tres jueces que votan haciendo lugar al recurso federal y ordenan dictar un nuevo fallo, analizan concretas particularidades de la relación que mantenía Rica con el Hospital Alemán que no se presentan en la gran mayoría de los casos de miles de empleados que trabajen en relación de dependencia bajo la fraudulenta figura del Monotributo.

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